Tweet En el BOIB nº. 48 se ha publicado el acta nº. 2 de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la hostelería.
En el caso de Málaga se mantendrá la proporción considerada como de trabajo efectivo según el tiempo de jornada contratada como recoge el convenio provincial de hostelería de Málaga. – En Tenerife para contratos a tiempo parcial, 15 minutos, como recoge el convenio provincial de hostelería. – En Valencia. Elconvenio colectivo de hostelería de Baleares regula el número de horas de trabajo de los empleados de este sector. Según este convenio, los empleados no pueden trabajar más de diez horas en un solo día. La jornada semanal de los empleados no puede superar las 40 horas, salvo en circunstancias excepcionales en las que los empleados 1 Inscribir y depositar el Acta número 11 de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la Hostelería de las Illes Balears sobre la aprobación definitiva del texto consolidado del convenio colectivo que refunde los acuerdos desde su entrada en vigor. 2. Notificar esta Resolución a la Comisión Paritaria. 3. ElConvenio ha sido firmado por la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid, Asociación Madrileña de Empresas de Restauración, Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid y las centrales sindicales Federación de Servicios de CCOO de Madrid y Federación de Servicios,
ElColegio de Veterinarios de Balears (Covib) y la Oficina Acelera Pyme Balears, dependiente del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de las islas (Coeib),
4j7sM. 215 430 69 382 450 414 102 410 289

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